CAP. XX: Se resuelven dos argumentos basados en la razón de la conciencia.

OCTAVO argumento de Calvino: Pablo no permite de ninguna manera que las conciencias de los fieles sean sometidas a la servidumbre de los hombres. Pues dice en 1 Corintios 7:23: "Fuisteis comprados por precio, no os hagáis esclavos de los hombres." Aquí, Pablo no ordena que los esclavos no obedezcan a sus amos en asuntos externos, ya que en Efesios 6:5 dice: "Siervos, obedeced a vuestros amos terrenales con temor y temblor." Tampoco ordena que quienes son libres no se hagan esclavos, pues en el mismo capítulo 7 de 1 Corintios dice: "Si fuiste llamado siendo esclavo, no te preocupes por ello, pero si puedes hacerte libre, haz uso más bien de tu condición de esclavo", es decir, aunque puedas liberarte, es mejor que sigas sirviendo y mantengas la condición servil para preservar la humildad. Por lo tanto, lo que prohíbe es servir a los hombres con temor al pecado y ansiedad de conciencia, de la manera en que solo se debe servir a Dios.

Respondo: Pablo solo manda en ese lugar que no sirvamos a los hombres principalmente por respeto a ellos, sino que sirvamos a los hombres por Dios. Así lo explica Pablo en Efesios 6:5-7: "Siervos, obedeced a vuestros amos terrenales con temor y temblor, con sencillez de corazón, como a Cristo, no sirviendo al ojo, como para agradar a los hombres, sino como siervos de Cristo, haciendo de corazón la voluntad de Dios, sirviendo con buena voluntad, como al Señor y no a los hombres." Entonces, se convierten en esclavos de los hombres (lo que el Apóstol prohíbe) aquellos que obedecen a los hombres principalmente, incluso cuando les mandan pecar, o les adulan aunque actúen mal. Ver Crisóstomo en 1 Corintios 7 y Jerónimo en el capítulo 6 de Efesios.

NOVENO argumento de Calvino: La conciencia pertenece exclusivamente al juicio de Dios. Pues es Él quien escudriña los riñones y los corazones, y por lo tanto, los hombres no pueden obligar en conciencia. Confirmo este argumento: ningún hombre puede condenar a otro al infierno, por lo que tampoco puede obligar a nadie a cumplir una ley bajo pena de muerte eterna. Sería ridículo si alguien obligara a una pena que luego no pudiera imponer.

Respondo: La afirmación de que la conciencia pertenece solo al foro de Dios puede entenderse de dos maneras. Primero, en el sentido de que solo Dios puede ver las conciencias de los hombres y juzgar sus actos internos, que no son visibles para los demás y no tienen otro testigo que Dios y la conciencia de quien actúa. Y en este sentido, es absolutamente cierto que la conciencia pertenece exclusivamente al foro de Dios. Segundo, puede entenderse que la conciencia pertenece solo al foro de Dios en el sentido de que solo Dios puede obligar a alguien mediante sus leyes de tal manera que, si no hace lo que se le ha mandado, juzgue por sí mismo que está actuando mal en su conciencia. Y en este sentido, es falso que la conciencia no pertenezca al foro de los hombres.

Para que alguien pueda obligar a otro en conciencia de esta manera, no es necesario que pueda ver la conciencia del otro, ni que escudriñe los corazones y las mentes, ni que juzgue los actos internos. Basta con que pueda ordenar legítimamente a esa persona, y al hacerlo, obligarla a realizar un acto externo, de modo que si no lo hace, sepa o al menos pueda saber que está actuando mal.

Por lo tanto, Juan Calvino se engaña a sí mismo o intenta engañar a otros con una ambigüedad cuando dice en el libro 4 de las Instituciones, capítulo 10, §5: "No tratamos con los hombres, sino con Dios solo, cuando se trata de nuestras conciencias. De ahí proviene esa distinción común entre el foro terrenal y el foro de la conciencia. Cuando todo el mundo estaba envuelto en la densa oscuridad de la ignorancia, esta pequeña chispa de luz permaneció, reconociendo que la conciencia humana es superior a todos los juicios humanos. Aunque lo reconocían de palabra, en la práctica lo socavaban. No obstante, Dios quiso que permaneciera algún testimonio de la libertad cristiana, que librara las conciencias de la tiranía de los hombres." Esto es lo que él dice.

Pero cuando decimos que la conciencia es superior a todos los juicios humanos, no queremos decir otra cosa que quien está en paz con su propia conciencia no debe temer ser condenado por Dios, aunque todos los hombres, que no pueden ver el corazón, juzguen de otra manera sobre sus actos. Pero, ¿a dónde nos lleva esto? ¿Acaso quien viola las leyes eclesiásticas no peca, según el testimonio de su conciencia?

En cuanto a la confirmación, respondo que la ley humana no obliga bajo pena de muerte eterna, excepto en la medida en que la violación de la ley humana ofende a Dios, de quien todos los príncipes son ministros, no solo los eclesiásticos, sino también los políticos. Así como quien transgrede las leyes de un virrey ofende consecuentemente al rey, y puede ser castigado por el rey incluso con penas que el virrey no podría imponer, igualmente quien no cumple las leyes justas de los príncipes, que son ministros de Dios (Sabiduría 6, Romanos 13, 1 Corintios 4), ofende también a Dios y será castigado por Él con la pena de muerte eterna. Por lo tanto, si imagináramos que Dios no existiera en la naturaleza, quien violara las leyes justas pecaría en su conciencia, pero no ofendería a Dios ni sería condenado al infierno.

OBJECIÓN: Dirás que, si esto es así, se sigue que la ley humana, en cuanto humana, no obliga de tal manera que los transgresores pequen mortalmente. Respondo: Si por "ley humana, en cuanto humana" te refieres a una ley que no es propiamente divina, niego que el transgresor de una ley humana, en cuanto humana, no peque mortalmente. Pero si por "ley humana, en cuanto humana" te refieres a una ley que es promulgada por un hombre con autoridad no recibida de Dios, sino propia o conferida solo por los hombres, entonces admito que el transgresor de tal ley no peca mortalmente.

Sin embargo, no existe tal ley, porque toda verdadera potestad proviene de Dios (Romanos 13), y sin verdadera potestad no puede haber una verdadera ley.

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