- Tabla de Contenidos
- PORTADA Y DEDICACIÓN
- PROEMIO
- PRIMERA DISERTACIÓN SOBRE LOS ESQUEMAS Y TROPOS DE LA SAGRADA ESCRITURA
- SEGUNDA DISERTACIÓN SOBRE LOS ESQUEMAS, ESTO ES, LAS FIGURAS DE LOCUCIÓN
- TERCERA DISERTACIÓN DE LOS ESQUEMAS DE LAS ORACIONES
- CUARTA DISERTACIÓN SOBRE EL MÚLTIPLE SENTIDO DE LAS SAGRADAS ESCRITURAS
- QUINTA DISERTACION DE LA CREACIÓN DEL MUNDO EN EL TIEMPO
- SEXTA DISERTACIÓN SOBRE LOS PRINCIPIOS DE LAS COSAS
Versículo 17
Texto hebreo: Y Caín conoció a su esposa, y ella concibió y dio a luz a Janoc; y estaba edificando una ciudad, y llamó el nombre de la ciudad según el nombre de su hijo Janoc.
Así lo interpreta el Paráfrasis Caldeo.
El Texto Griego tiene: Ella concibió y dio a luz, y llamó la ciudad con el nombre de su hijo Enoc.
Literalmente difieren, pero en realidad no hay diferencia.
La opinión común de los hebreos es que Eva concebía y daba a luz gemelos en cada concepción. Caín, ya hecho hombre, eligió como esposa a una mujer nacida con él y hermana suya por derecho de hermandad, y, como dice aquí el Rabino Abrabanel, viendo que estaba Caín desamparado y solo, privado de toda compañía humana por el asesinato de su hermano, y más aún por haber sido expulsado de la tierra de la morada de su padre Adán, procuró tener hijos para tener compañía, y engendró a Janoc. Pero si Eva dio a luz gemelos en cada parto, no importa, aunque no difiere de lo verdadero o verosímil: pues pudo haber concebido y dado a luz más hijos de los que la Escritura ha mencionado hasta ahora. Pues la Escritura posteriormente menciona que engendró hijos e hijas, aunque sin considerar los partos individuales de las hijas o de los demás nacidos. Es más, es muy verosímil que Adán engendró muchos hijos de Eva cuando aún vivía Abel; pues él era un hombre perfecto en fuerzas naturales y facultades para engendrar: y Eva era muy fecunda para concebir cada año. Pero la Escritura menciona primero a estos dos hijos por su sucesión. Ciertamente debe ser que Caín no tomó otra esposa que una hermana suya, de la cual engendró a Enoc.
Por lo tanto, no se debe culpar a Caín por el hecho de haber tomado a su hermana como esposa, ya que no era posible que alguien se acercara a su hermana de manera legítima, dado que está escrito: "Ningún hombre se acercará a una pariente cercana para descubrir su desnudez." La necesidad obligaba a que la raza humana, que en esos pocos individuos, los descendientes de Adán, estaba limitada a una línea recta, se expandiera y creciera en innumerables ramificaciones, como había ordenado el Señor: "Creced y multiplicaos, y llenad la tierra y sometedla." Por esta necesidad, Caín podía legítimamente tomar como esposa a una mujer que estaba unida a él por derecho de hermandad. Una vez desaparecida esa necesidad, quedó prescrito por ley celestial que no se toquen las relaciones de matrimonio en los límites del primer y segundo grado de consanguinidad. Y por consulta del senado, se eliminó como incestuosa la proximidad de tercer y cuarto grado de consanguinidad, prohibiendo que hasta el cuarto grado de parentesco se celebren matrimonios legítimamente; pues todos hasta ese límite están unidos por el vínculo de consanguinidad, ya que descienden del mismo tronco y origen original por propagación natural.
Pero, ¿por qué, pregunto, no pueden casarse entre sí y contraer matrimonio aquellos que están unidos por un estrecho vínculo de consanguinidad? ¿Y qué es propiamente el matrimonio? ¿Y puede considerarse el matrimonio de Caín un sacramento legítimo?
El matrimonio, si comenzamos por la etimología del nombre, se llama "matrimonio" como el deber y oficio de la madre, obteniendo su nombre más bien de la madre que del padre; no porque las mujeres se conviertan en madres por eso y una mujer deba casarse para convertirse en madre: pues esto también es común a los hombres, convertirse en padres; sino principalmente porque, aunque en el matrimonio el principal autor de la generación es el padre, en la generación se manifiesta mucho más el deber y el trabajo de la mujer que del hombre. Pues la madre se muestra mucho más diligente que el padre tanto en procrear como en alimentar y criar a la descendencia. Porque el hijo, después de ser concebido, es una carga para ella mientras está en su vientre, mucho más dolorosa al parirlo y traerlo a la luz, y muy laboriosa al criarlo. Por eso, aunque el matrimonio sea un yugo común de ambos, recibe su nombre más de la mujer que del hombre, porque su deber recae más en la mujer. Así como, por el contrario, la posesión externa y la sustancia se llaman más propiamente "patrimonio," ya que el hombre, más que la mujer, se somete a los trabajos para adquirir esos bienes y acumularlos para los hijos.
El matrimonio es la legítima sociedad marital de personas legítimas, hombre y mujer, y un vínculo indisoluble, en el que cada uno debe entregarse al otro por mutuo consentimiento para procrear y educar a la descendencia, como es debido. Estos dos elementos son necesariamente requeridos por el derecho matrimonial: que los contrayentes no sean ilegítimos, y que haya consentimiento legítimo y mutuo; si falta alguno de estos, se rompe la naturaleza del matrimonio.
Este matrimonio, que hemos mencionado, es tanto un deber natural como un sacramento. Y en cuanto es un deber natural y oficio, no es más que una alianza marital de la sociedad humana; y esta es común a toda la humanidad y también la contraen los infieles. Es un verdadero y legítimo matrimonio si se realiza legítimamente, como es costumbre: pues la ley natural se encuentra entre los infieles; es legítimo, ya que no está prohibido por la ley divina ni natural, ni por la constitución de la Iglesia: pues la Iglesia no juzga a los que están fuera de ella; pero no es un matrimonio ratificado, porque no es un sacramento y puede disolverse.
Si esta alianza de la sociedad humana entre hombre y mujer se hace legítimamente en Cristo y la Iglesia, es un sacramento instituido por Dios. Por eso el Apóstol dice a los Efesios, citando Génesis: "Por esto dejará el hombre a su padre y a su madre y se unirá a su mujer; y los dos serán una sola carne: Este es un gran sacramento, pero yo digo, en Cristo y en la Iglesia." Pues es un signo de la cosa más sagrada, del matrimonio perpetuo e indisoluble y la unión de Cristo con la Iglesia, cuando el Verbo, asumiendo nuestra naturaleza, se hizo carne, unido a ella con el mayor amor.
Por tanto, para que este matrimonio sea legítimo, ratificado e indisoluble, es necesario que se celebre entre personas legítimas, de lo contrario, su naturaleza se disuelve. Las personas ilegítimas son principalmente afines y consanguíneas. Se dice que son afines aquellos que contraen parentesco por copula carnal, en la cual, puesto que el hombre y la mujer se convierten en una sola carne, todos los consanguíneos de la mujer se vuelven afines con el hombre. El Señor prohibió en Levítico que los afines celebren matrimonios, para que el hijo no contraiga matrimonio con la esposa de su padre, ni el padre con la esposa de su hijo, ni el nieto con la esposa de su tío. Finalmente, el senado prescribió que los afines no se casen dentro del cuarto grado de parentesco.
Además, se considera ilegítimos a los consanguíneos que descienden del mismo tronco, ya sea los que extienden la línea genealógica en línea recta, ascendente o descendente, o los que expanden la línea de la primera ascendencia en amplitud. Y en línea recta, ya sea ascendiendo o descendiendo, nunca ha sido permitido contraer matrimonio, para que el hijo no tome por esposa a su madre, abuela, bisabuela o tatarabuela; ni que la hija se case con su padre, abuelo, bisabuelo o tatarabuelo; ni de manera similar que el padre tome por esposa a su hija, nieta, bisnieta o tataranieta; ni que la madre tome por esposo a su hijo, nieto, bisnieto o tataranieto; pues esto es contrario a la razón y el derecho natural no permite tales matrimonios. En línea colateral, los hermanos, los hijos de los hermanos, sobrinos y bisobrinos, hermanas, hijas de las hermanas, sobrinas y bisobrinas. Por derecho divino se ha prescrito que el hermano no tome por esposa a su hermana; y por consulta del senado, se ha prohibido el matrimonio hasta el cuarto grado de parentesco.
Así que, a la cuestión planteada anteriormente, respondemos ahora, habiendo visto qué es el matrimonio y por qué no puede contraerse entre parientes y consanguíneos, ya que la consanguinidad no elimina ni disuelve los bienes del matrimonio. Ciertamente, si los matrimonios se celebraran entre consanguíneos, el bien de la amistad, que es lo que más conviene a los hombres, sufriría un gran detrimento. Pues entre aquellos que descienden del mismo tronco original, estando unidos por el vínculo de sangre, suele prevalecer el amor de amistad, que no se extiende fácilmente a los extraños. Por lo tanto, ya que los matrimonios traen afinidad y generan amor, para aumentar la razón de la amistad y el amor, deben contraerse con extraños más que con parientes, y, dado que el vínculo de parentesco natural se extiende hasta el cuarto grado y a partir de ahí comienza a desvanecerse, se ha establecido que después del cuarto grado los matrimonios libres y mixtos puedan realizarse, para recuperar la amistad que se desvanece y restaurar el amor que se disipa.
Sin embargo, la razón principal de esto, creo, es que a la naturaleza se le debe honor y reverencia junto con una cierta honestidad natural; y la honestidad natural rechaza con justo derecho natural revelar la ignominia y deshonra de la propia carne y sangre, como sucede en la unión del hombre y la mujer. De ahí que en Levítico, cuando se promulgan las leyes para evitar esto, se dice: "No descubras la desnudez... y la ignominia;" y cosas similares: "No te acerques a una pariente cercana para descubrir su desnudez."
Y ciertamente, ya que el matrimonio es un vínculo de honestidad por la justicia pública, de ninguna manera puede mantenerse en una acción deshonesta, de la cual incluso los animales brutos parecen huir. Leemos en Aristóteles dos ejemplos de esto: uno de un camello, que, habiéndose apareado con su madre, al reconocerla después, atacó y mató a quien había descubierto el hecho; el otro de un caballo, que, habiéndose apareado de manera similar con su madre, al descubrir que era su madre, huyó y se precipitó. Por lo tanto, la ley natural dicta que los matrimonios entre consanguíneos son ilegítimos debido a la honestidad natural, para que no se revele la deshonra y la ignominia de la propia carne y sangre.
Esta razón es aún más apremiante y vigorosa cuanto más estrecho es el vínculo de sangre y carne, y cuando el vínculo de sangre se desvanece y la amistad natural desaparece. Por esto, el matrimonio en primer grado de parentesco es completamente horrendo y prohibido por todo derecho; y el segundo grado también está prescrito por la ley celestial: pues en estos grados el vínculo natural es muy estrecho y más aún en el primero, por lo que es más execrable y nunca permitido. Sin embargo, el segundo grado fue permitido inicialmente por la necesidad que mencionamos anteriormente; luego fue prohibido por derecho divino, ya que la honestidad natural no permite con igual justicia que se toque a una hermana y a una esposa del marido, o a una hermana como esposa. Los matrimonios en tercer y cuarto grado fueron prohibidos por consulta del senado, pues en estos grados el vínculo de sangre aún es estrecho.
Por lo tanto, la honestidad natural y el honor que se debe a la naturaleza son la causa de que no se permitan matrimonios entre consanguíneos por derecho. Pero cuando la raza humana comenzaba y estaba aún en la primera generación, la naturaleza misma estaba en una situación de extremo peligro, y debía elegir entre dos opciones: sufrir algún detrimento en la honestidad natural en el segundo grado de descendientes del mismo tronco, o que la naturaleza entera sufriera el máximo detrimento y pereciera en la completa destrucción. Pues, aunque Adán hubiera engendrado quinientos o mil hijos con Eva su esposa, todos ellos morirían inevitablemente. Si los hijos no hubieran tomado a sus hermanas como esposas, o mejor dicho, si Adán no hubiera dado en matrimonio a sus hijos e hijas, aunque todos fueran hermanos y hermanas, ciertamente la descendencia humana y la naturaleza entera habrían perecido junto con ellos. Pero entre dos males, la naturaleza, con la ayuda de Dios, eligió el menor y prefirió considerar a la naturaleza por ese tiempo más que a la honestidad; pues la virtud no fue creada para destruir la naturaleza, sino para preservarla íntegra, segura y llena de todo bien.
Así, Caín se unió en matrimonio con su hermana. Pero la Escritura, siempre honestísima, para no presentarnos algo que pudiera parecer deshonesto por su propia naturaleza, solo menciona lo que por su propia naturaleza es justo y honesto. No dice que Caín se unió a su hermana o que tomó a su hermana como esposa; sino que conoció a su esposa, omitiendo cuidadosamente el hecho de que su esposa era su hermana, para que no pensemos que lo que entonces se hizo por necesidad, ahora también pueda hacerse legítimamente y sin culpa por placer.
Finalmente, cuando el Sagrado Texto dice que Caín conoció a su esposa, creo que no sin sacramento celebró Caín su matrimonio, para que ese matrimonio no solo fuera un deber natural, sino también un sacramento matrimonial. Pues la Escritura proclama con voz libre y honesta que la esposa unida a él era su esposa; por lo que me inclino a pensar que Adán, viendo que sus primeros hijos habían crecido, les celebró el matrimonio y unió en matrimonio al hijo con la hija, como era debido, por dictado de la razón y quizás también por mandato o instrucción de Dios.
Sin embargo, creo que este primer matrimonio se celebró antes de que Caín perpetrara ese horrendo y execrable crimen. Pues, ¿quién podría creer que, después de haber cometido tal crimen nefando y horrendo, Adán quisiera o pudiera dar en matrimonio a su hija a un hijo tan malvado para procrear descendencia, quien había matado tan cruelmente con su propia mano a su hermano adulto? Por lo tanto, este matrimonio se contrajo antes, aunque la Escritura lo mencione después en el orden de la narración, cuando se dispone a relatar la descendencia de Caín.
Al primer hijo que su esposa le dio, Caín le puso el nombre de Enoc, que significa instruido, instituido o dedicado, quizás porque lo había instruido en sus artes y dedicado a los cultos terrenales; pues solo se dedicaba a ejercicios terrenales y artes mecánicas. De ahí sigue: "Y edificó una ciudad, y llamó su nombre Enoc, según el nombre de su hijo."
Los santísimos Patriarcas, que agradaron a Dios por su fe, esperando las promesas sin recibirlas, pero viéndolas de lejos y saludándolas, anhelando en espíritu y deseando unirse a los ciudadanos celestiales, nunca construyeron ciudades terrenales; sino que moraban en la tierra como en tierra ajena; habitando en chozas y tiendas, confesaban que eran extranjeros y peregrinos en la tierra, significando que buscaban una patria mejor, es decir, celestial; esperaban la ciudad que tiene cimientos, cuyo arquitecto y constructor es Dios; pues Dios les había preparado una ciudad y no se avergüenza de ser llamado su Dios.
Por lo tanto, Caín, castigado con la condena por los méritos de sus crímenes y maldades, nunca ingresaría a esa ciudad celestial para ser dotado de felicidad eterna, ni sería partícipe de ningún bien eterno. Eligió la tierra más vil como su herencia y, sin considerar la ciudad celestial ni a los ciudadanos celestiales, construyó una ciudad terrenal y quiso ser ciudadano terrenal. Y puesto que no edificó esa ciudad para la honra y gloria de Dios ni para su culto, ni en el nombre de Dios, no le dio ningún nombre divino o relacionado con cosas divinas; sino que la llamó con el nombre de su hijo, porque la edificó no por Dios, sino por su hijo.
El Rabino Abrabanel dice que Caín abandonó la labor de cultivar la tierra debido a la maldición y se dedicó a la obra de la construcción. El texto hebreo dice que "estaba edificando," tal vez porque debido a su movilidad no podía continuar la construcción continuamente, sino que, siendo siempre vagabundo y fugitivo, iba y venía construyendo, y la obra estaba interrumpida.